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Informe Favorable para la Construcción (IFC): ¿para qué es y cómo obtenerlo?

¿Vas a construir en un terreno rural? Tu proyecto podría necesitar un IFC

Cuando se proyecta una construcción fuera del límite urbano y esta no está directamente vinculada a la actividad agrícola, uno de los principales aspectos que se debe revisar es si corresponde tramitar un Informe Favorable para la Construcción, conocido como IFC.

Este permiso se relaciona con la aplicación del artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y puede ser indispensable para avanzar posteriormente con la aprobación del proyecto ante la Dirección de Obras Municipales.

En Arquiagro nos especializamos en la gestión de este tipo de permisos, acompañando al titular desde la revisión inicial del proyecto hasta la preparación y tramitación de los antecedentes necesarios ante los organismos correspondientes.

¿Qué es el IFC?

El Informe de Factibilidad para Construcciones Ajenas a la Agricultura en Área Rural es un pronunciamiento necesario para determinados proyectos que buscan desarrollar construcciones no agrícolas en terrenos ubicados fuera de los límites urbanos.

Dependiendo de las características de cada iniciativa, en su evaluación pueden participar distintos organismos, principalmente el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), la SEREMI de Vivienda y Urbanismo y, en determinados casos, la SEREMI de Agricultura.

Durante el proceso se analizan aspectos como:

• La ubicación y características del predio.
• La capacidad de uso del suelo.
• El uso actual del terreno.
• El entorno y su vocación agropecuaria.
• El tipo de construcción que se pretende desarrollar.
• La existencia de subdivisiones o procesos de urbanización asociados.

¿Qué proyectos pueden requerir un IFC?

La necesidad de tramitarlo depende de la ubicación, destino y características particulares del proyecto.

Entre los casos que pueden encontrarse dentro de este marco están:

• Instalaciones industriales en sectores rurales.
• Proyectos de infraestructura.
• Equipamientos emplazados fuera del límite urbano.
• Instalaciones o complejos turísticos.
• Determinados proyectos habitacionales.
• Proyectos que incorporan subdivisión y urbanización de terrenos rurales.
• Construcciones destinadas a actividades distintas de la explotación agrícola.

Las construcciones directamente necesarias para la actividad agrícola del predio, así como determinadas viviendas asociadas a dicha explotación, pueden estar sujetas a un tratamiento diferente.

Por eso, antes de iniciar el diseño definitivo o ingresar antecedentes, es fundamental determinar correctamente qué permisos corresponden.

¿Cómo se tramita?

El procedimiento dependerá de las características específicas del proyecto, pero generalmente contempla distintas instancias de revisión administrativa y técnica.

Dentro de la tramitación pueden incluirse:

• Preparación y presentación del expediente.
• Revisión de antecedentes administrativos.
• Evaluación técnica del proyecto.
• Visita al terreno.
• Evaluación de la capacidad de uso del suelo.
• Ejecución y análisis de calicatas cuando corresponda.
• Elaboración de informes técnicos.
• Pronunciamiento de los organismos competentes.

En Arquiagro gestionamos este proceso y preparamos los antecedentes técnicos necesarios para disminuir observaciones y facilitar el avance del expediente.

¿Cómo saber si debes revisar este permiso?

Hay algunas señales que hacen recomendable analizar tempranamente si tu proyecto requiere un IFC:

  1. El terreno está ubicado fuera del límite urbano.
  2. La construcción tendrá un uso distinto al agrícola.
  3. El proyecto contempla equipamiento, infraestructura, industria, turismo u otro destino similar.
  4. Se pretende subdividir o urbanizar parte del terreno.
  5. La Dirección de Obras Municipales solicita pronunciamientos sectoriales para continuar con el proyecto.

¿Por qué conviene tramitarlo desde el inicio?

El IFC puede ser un antecedente previo necesario para obtener posteriormente el permiso de edificación.

Detectar su necesidad cuando el proyecto ya se encuentra avanzado puede significar nuevas gestiones, ajustes técnicos y mayores plazos de tramitación.

Por eso, una correcta revisión normativa y territorial durante las primeras etapas permite establecer una estrategia adecuada antes de invertir en el desarrollo completo del proyecto.

¿El IFC corresponde a un cambio de uso de suelo?

Aunque históricamente este procedimiento suele asociarse al concepto de “cambio de uso de suelo”, actualmente el SAG lo identifica como Informe de Factibilidad para Construcciones Ajenas a la Agricultura en Área Rural.

Su aprobación permite avanzar con determinadas construcciones en suelo rural, pero no significa automáticamente subdividir el predio ni modificar la condición del resto de su superficie.

¿Una RCA favorable reemplaza el IFC?

No necesariamente.

Una Resolución de Calificación Ambiental favorable corresponde a una instancia diferente. Si por las características del proyecto resulta aplicable el artículo 55 de la LGUC, pueden seguir siendo necesarios los respectivos pronunciamientos sectoriales.

Arquiagro gestiona tu IFC

Cada terreno y cada proyecto tienen condiciones distintas. Antes de iniciar una construcción en suelo rural es importante determinar correctamente qué permisos se necesitan y qué organismos deberán pronunciarse.

En Arquiagro nos encargamos de la gestión del Informe Favorable para la Construcción (IFC), incluyendo:

• Evaluación preliminar del proyecto.
• Revisión de antecedentes del predio.
• Preparación de documentación técnica.
• Coordinación de estudios y antecedentes requeridos.
• Ingreso y seguimiento de la tramitación.
• Gestión de observaciones durante el proceso.

Si tienes un terreno rural y estás evaluando desarrollar un proyecto, podemos revisar tu caso y determinar la ruta de permisos necesaria para avanzar.

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¿Cómo hacer el cambio de uso de suelo en Chile?

El cambio de uso de suelo en Chile es una solicitud de autorización que debe realizar cualquier persona que sea propietaria de un terreno agrícola o rural para poder realizar un desarrollo de infraestructura en ese suelo.

Por ejemplo, si usted posee un terreno que no se encuentra plantado y necesita construir una infraestructura o un desarrollo habitacional en el lugar, debe acudir ante La SEREMI de Agricultura para solicitar el cambio de uso de suelo y a continuación le explicaremos como realizar el trámite.

Solicitud de cambio de uso de suelo en Chile

Para que su solicitud tenga garantizado el éxito, es preferible que proceda de un terreno que aunque sea fértil para la agricultura no tenga ninguna plantación, pues de lo contrario la evaluación podría resultar negativa para su petición porque atentaría contra la ecología del suelo y del ambiente.

Aunque usted puede realizar su trámite, lo mejor es consultar con un abogado especialista que le llevará de la mano durante el proceso para lograr toda la permisología sin mayor contratiempo.

Entonces, el primer paso es presentar una solicitud dirigida a la SEREMI que esté debidamente firmada por el propietario o los dueños del terreno y adjuntarle los siguientes antecedentes.

Antecedentes a presentar:

1- El nombre, rut (hablamos de una persona natural) domicilio postal, la dirección de contacto, correo electrónico y número de teléfono del propietario del terreno. Cabe señalar que este trámite solo puede solicitar el propietario del terreno o un representante legal que este haya nombrado.

2- Descripción del terreno o porción del suelo. El nombre del lote, su ubicación geográfica (dirección de la comuna donde está ubicado) la superficie predial, el rol del avalúo, la ubicación georreferenciada (UTM), que son las coordenadas donde se puede ubicar el terreno en un mapa. La clase de suelo y el señalamiento de los deslindes.

3- Título de propiedad (Inscripción de dominio en el Registro de Propiedad respectivo).

4- Una carta donde se justifique la solicitud del cambio del uso del suelo. En esta carta debe señalar el objetivo y el nuevo uso que se le dará al terreno o la actividad que se realizará en el mismo.

Esta actividad debe estar enmarcada dentro de las cuatro situaciones que están previstas en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) en su artículo 2.1.7 y en el artículo 55 de la Ley general de Urbanismo y construcciones (LGUC), tales como habilitar un campamento turístico o abrir un balneario; Construir viviendas sociales o que tengan hasta un valor de 1.000 U.F., y que puedan ser adquiridas con subsidio del Estado; Dotar de equipamiento a algún sector rural y algún otro uso que esté establecido en el instrumento de planificación territorial metropolitano (PRMS).

El siguiente paso es reunir los siguientes documentos:

La documentación podrá variar según la región donde se realice el trámite, pero en general deberá tener a mano los siguientes documentos:

1- Copia de la cédula de identidad del propietario de la tierra o de su representante legal de ser el caso.

2- Un Mandato simple de la persona que hace el trámite.

3- El certificado de avalúo del SII con la clasificación de suelos.

4- Certificado de Informaciones Previas (CIP) que se solicita en la Dirección de Obras de la Municipalidad respectiva.

5- Una declaración jurada de dominio acompañada de una copia simple del certificado de dominio vigente, o de la inscripción especial de herencia, que haya sido emitida del Conservador de Bienes Raíces, con una vigencia no mayor a 90 días.

6- Un informe con la información técnica del proyecto que se desarrollará en el terreno y los planos del mismo.

7- Otros documentos que le indicará su abogado dependiendo del caso y la región donde se realice el trámite.

Una vez tenga todos los documentos solicite el trámite en la SEREMI de su región.

¿Cuánto tiempo tarda y cuál es el costo del trámite en Chile?

Este proceso demora entre 15 a 60 días hábiles para que pueda contar con la autorización del cambio de suelo y comenzar su proyecto.

La SEREMI de agricultura es el único organismo con facultad de llevar a cabo los trámites de IFC (Informe favorable para construcción) y de solicitar la evaluación técnica al Servicio Agrícola y Ganadero y ante el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

El costo del trámite para solicitar el cambio de uso es de 1,25 UTM para fines de vivienda y turismo y de 1.75 UTM para fines mineros e industriales, los cuales deberán cancelarse en las oficinas del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) que corresponda a la región donde está realizando el proceso.